13 de agosto, feriado Perú: por qué y para quiénes aplica este día no laborable | hnews | Economía

En Perú, los feriados y días no laborables representan no solo una oportunidad de descanso para los trabajadores, sino también un impacto directo en el movimiento económico y la planificación operativa del sector público y privado. Por ello, cada fecha adicional que se suma al calendario despierta interés entre ciudadanos y empresas.
Tal es el caso del miércoles 13 de agosto, que será considerado día no laborable en la región Loreto exclusivamente para el sector público, de acuerdo con lo establecido en la Ordenanza Regional N.º 010-2012-GRL-CR, vigente desde hace más de una década.
¿Por qué es feriado el 13 de agosto en Loreto?
La fecha conmemora un hito para el orgullo amazónico: la certificación del río Amazonas como una de las Siete Maravillas Naturales del Mundo, reconocimiento otorgado en 2012 por la fundación suiza New 7 Wonders. Desde entonces, la Ordenanza Regional N.º 010-2012-GRL-CR oficializó el 13 de agosto como día no laborable para los trabajadores del sector público en Loreto.
Si bien no es un feriado nacional, ese día sí representa un descanso obligatorio para el sector público regional, y podría aplicarse también en el sector privado, pero solo si existe un acuerdo entre empleadores y trabajadores. En ese caso, las horas deberán ser recuperadas.
¿Cuáles son los próximos feriados nacionales en Perú?
Todavía quedan varios días de descanso oficial este 2025. Aquí te los enumeramos:
- Sábado 30 de agosto – Santa Rosa de Lima
- Miércoles 8 de octubre – Combate de Angamos
- Sábado 1 de noviembre – Día de Todos los Santos
- Lunes 8 de diciembre – Inmaculada Concepción
- Martes 9 de diciembre – Batalla de Ayacucho
- Jueves 25 de diciembre – Navidad
- Jueves 1 de enero de 2026 – Año Nuevo
Días no laborables 2025
Según el Decreto Supremo Nº 042-2025-PCM, estos son los días no laborables compensables que aún restan a nivel nacional para el sector público (es decir, días de descanso que se recuperan):
- Viernes 2 de mayo de 2025
- Viernes 26 de diciembre de 2025
- Viernes 2 de enero de 2026
Estos días no cuentan como feriados y sí son considerados hábiles para trámites, incluyendo temas tributarios. En el sector privado, se pueden aplicar si hay acuerdo con los trabajadores. Sin acuerdo, el empleador tiene la última palabra.
Ojo: Si trabajas en un banco, un hospital, un aeropuerto o algún servicio esencial, estos descansos pueden no aplicarte. Las empresas pueden establecer qué puestos quedan excluidos para garantizar la continuidad del servicio.
Fuente: La República